Información Legal
El proceso de adquirir una propiedad en España es similar al de cualquier otro país europeo. Sin embargo es cierto que hay algunas diferencias. Aunque deseamos sentarnos con Vd. y analizar cada detalle personalmente, esperamos que lo siguiente le sea útil como primera orientación.
Vd. toma la decisión sobre qué propiedad comprar, ¿y entonces?
Una vez ha encontrado Vd. la propiedad adecuada, puede reservarla mediante un contrato de opción de compra, unido a un pago a cuenta del precio - generalmente un 10%. Dicho contrato incluye todas las condiciones de compra: precio, fecha límite para ejercer la opción, transmisión de la propiedad libre de cargas, inventario de los muebles incluidos, etc. Ambas partes, comprador y vendedor, se comprometen por igual: si alguna de ellas incumpliere abonará a la otra una indemnización.
Transmisión de la propiedad
La propiedad se trasmite oficialmente al comprador a la firma ante Notario de la Escritura Pública de Compraventa, y simultáneamente se abona la totalidad del precio. El Notario recibe del Registro de la Propiedad información acerca de las circunstancias registrales de la finca, y las hace constar en la escritura. El Notario asesora a ambas partes, informándoles de sus derechos y deberes, especialmente en materia fiscal. Después debe presentarse la escritura en el Registro de la Propiedad para su inscripción, que por lo general tarda de 1 a 3 meses.
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Gastos e impuestos relacionados con la compra:
Los puntos más importantes de este capítulo son: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, así como los honorarios de Notario, Registro de la Propiedad y gestoría. Generalmente debemos calcular aquí un 8-10% del precio, aunque le entregaremos una estimación detallada para cada propiedad concreta por la que Vd. se interese.
Gastos anuales:
También una vez adquirida la propiedad, la misma está sujeta a impuestos (Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto sobre la Renta y/o Patrimonio). En comparación con otros países, por lo general éstos no representan una gran carga financiera. Si la propiedad pertenece a una Comunidad de Propietarios, generalmente habrá una cuota de mantenimiento, etc. Le informaremos sobre éstos y otros temas como seguro de hogar, etc. en cada caso concreto.
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